Qué cambia
El CBD (de cáñamo con bajo THC) está permitido en cosméticos de la UE, pero no tenía un límite específico. Con base en el asesoramiento del CCSC del 26 de marzo de 2026, el proyecto fija un máximo del 0,19 % en productos sin aclarado, con aclarado y de higiene bucal, y exige que el delta-9-THC presente como impureza no supere el 0,00025 % (2,5 ppm). Muchas cremas y aceites con CBD usan concentraciones mayores y deberán reformularse. El aceite de semillas de cáñamo (Cannabis Sativa Seed Oil) es otro ingrediente y no está cubierto por esta entrada.
Fechas clave
Aún no adoptado. El proyecto se notificó a la OMC el 8 de julio de 2026 (comentarios hasta el 6 de septiembre de 2026), contó con el respaldo del Comité Permanente de Productos Cosméticos y se remitió al Consejo el 21 de septiembre de 2026 para el periodo de control de tres meses del procedimiento de reglamentación con control. Entrará en vigor 20 días después de su publicación en el Diario Oficial; los productos no conformes no podrán introducirse en el mercado a partir de 12 meses después de la entrada en vigor ni comercializarse a partir de 24 meses. Si se publica hacia enero de 2027, serían aproximadamente principios de 2028 y de 2029. Las fechas exactas no están confirmadas hasta la publicación.
Ingredientes afectados
- CANNABIDIOL · no está en nuestra base
Es un resumen para consumidores, no asesoramiento jurídico. Solo es vinculante el texto publicado en el Diario Oficial de la UE.

