Periodo transitorioLas existencias aún pueden venderse

Etiquetado ampliado de alérgenos de fragancia

La lista de alérgenos de fragancia que deben indicarse por separado pasa de 24 a más de 80 entradas; los productos nuevos ya deben cumplir y las existencias antiguas pueden venderse hasta el 31 de julio de 2028.

Qué cambia

Los alérgenos de fragancia deben figurar por su nombre en la lista de ingredientes cuando superan el 0,001 % en productos sin aclarado y el 0,01 % en productos con aclarado. El Reglamento 2023/1545 añade 56 nuevas sustancias y extractos naturales (por ejemplo, alcanfor, mentol, vainillina, acetato de linalilo y aceites de lavanda, árbol de té e ylang-ylang) y reagrupa algunas entradas, para que las personas alérgicas identifiquen desencadenantes antes ocultos bajo «parfum». No prohíbe estos ingredientes, solo los hace visibles. Desde el 1 de agosto de 2026 los productos introducidos en el mercado deben llevar el nuevo etiquetado, aunque las etiquetas antiguas pueden verse en tiendas hasta el 31 de julio de 2028.

Fechas clave

Publicación27 de julio de 2023
Entrada en vigor16 de agosto de 2023
No puede introducirse en el mercado desde31 de julio de 2026
No puede comercializarse (venderse) desde31 de julio de 2028

Verificado en el Diario Oficial (DO L 188 de 27.7.2023, p. 1). Aquí las fechas son los últimos días permitidos, según la redacción del acto: los productos sin el nuevo etiquetado podían introducirse en el mercado hasta el 31 de julio de 2026 y pueden comercializarse hasta el 31 de julio de 2028. El plazo de introducción ya ha pasado; está en curso la fase de venta de existencias.

Ingredientes afectados

Productos de nuestra base con estos ingredientes

3250 productos de INCIMondo contienen al menos uno de estos ingredientes.

Entérate antes de que una prohibición llegue a las tiendas

Te avisamos cuando la UE prohíba o restrinja un ingrediente cosmético, antes de que llegue a las tiendas; además, nuevas listas de productos. Máximo 2 correos al mes, baja en cualquier momento.

Temas

Es un resumen para consumidores, no asesoramiento jurídico. Solo es vinculante el texto publicado en el Diario Oficial de la UE.

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